jueves, 17 de mayo de 2012

Reglamento del Costa del Rio Uruguay


REGLAMENTO CAMPEONATO COSTA RIO URUGUAY  2012

DENOMINACION – FISCALIZACION - ORGANIZACION

ART. 1: La edición correspondiente al año 2012 del Campeonato Casta del Río Uruguay se denominara “Costa 2012”, será fiscalizado por  ACRU y organizado en conjunto con los Clubes: Ciclista Concordia, Ciclista Uruguayense, Cicle Club Colon, Ciclista Unidos y Adcadis.
 CATEGORIAS HABILITADAS
 ART. 4: Las categorías habilitadas serán las siguientes: ELITE, SUB 23, MASTER A,  JUNIORS, MASTER B,  MASTER C, MASTER D, PROMOCIONAL,, INFANTILES: 2009/2008 2007/2006 2005/2004 2003/2002 2001/2000 99/98 97/96 JUNIORS: 94/95, NOVICIOS menores/adultos y DAMAS.

CORREDORES HABILITADOS

ART. 5: Las competencias serán reservadas exclusivamente para corredores federados, por lo que será obligatorio la presentación de la licencia extendida por la FACPYR AÑO 2012; en su defecto se deberá aparecer en la lista de licencias habilitadas que consta en la Pagina Web de la FACPyR , y los Infantiles que tramiten el seguro de la provincia a través de ACRU.
Los competidores Uruguayos deberán presentar su licencia, la que debe encontrarse vigente y asimismo abonar un seguro con cobertura de accidentes personales, el que será contratado por el club anfitrión de la competencia.
Los corredores novicios podrán participar contratando un seguro que contratara el Club anfitrión, quedando reservada esta posibilidad solamente para aquellos que nunca hayan tenido licencia de FACPYR.



MULTA 
ART. 9: El Club que inscriba un corredor sin cumplir las especificaciones de los artículos 5 y 8 (ejemplo- que no tenga licencia habilitada o que se omitiera la firma o la incorporación en la planilla de cualquiera de los datos que permitan identificar al corredor) será sancionado a abonar una multa equivalente al valor de tres inscripciones por corredor en el que se halle una infracción en la planilla.  La multa deberá ser abonada a la ACRU dentro de las 72 horas de comunicada la misma. El club que tenga pendiente el pago de una multa no será habilitado a organizar competencias hasta tanto no abone la misma.